
- Es un beneficio que se entregará por única vez en agosto de este año a las personas y familias que pertenezcan al 60 % más vulnerable de la población, entre otros grupos, y que cumplan los demás requisitos establecidos.
- El pago será automático y en el transcurso de las próximas semanas se habilitará un sitio web para que las personas puedan consultar con su RUN si tienen derecho al bono.

El Bono Chile Apoya de Invierno es un beneficio que busca apoyar a las familias chilenas para que puedan enfrentar de mejor forma el alza en los alimentos y los gastos propios de la época invernal, como la calefacción y la energía. Se estima que beneficiará a aproximadamente 7.5 millones de personas, las cuales no deben hacer ningún trámite para recibir el beneficio pues se concederá automáticamente a quiénes cumplan las condiciones para recibirlo.
El Instituto de Previsión Social (IPS) y su red ChileAtiende implementarán, en el transcurso de las próximas semanas y una vez que se promulgue la ley, un sitio web en donde las personas podrán consultar con su RUN si recibirán el beneficio.
¿Quiénes tienen derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno?
Pueden recibirlo:
- Causantes del Subsidio Familiar
- Causantes de la Asignación Familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares al 31 de diciembre de 2021 y que recibieron el beneficio por ingresos iguales o inferiores al límite máximo establecido.
- Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
- Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban el aporte en el mes de julio de 2022.
- Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron el aporte en julio de 2022.
- Familias usuarias del subsistema “Seguridades y Oportunidades” (ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.
- Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable en el RSH, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.
¿Es necesario postular?
No. Este beneficio se concederá automáticamente a las personas que cumplan alguna de las condiciones anteriormente descritas.
Es importante considerar que la mayoría de estas personas ya reciben beneficios del Estado, por lo que si tienen CuentaRUT se les depositará en esa cuenta el beneficio. Aquellas que no cuenten con esta modalidad, se les pagará en forma presencial en las entidades con las que IPS mantiene contratos para el pago de beneficios previsionales y sociales, que pueden ser Caja Los Héroes o BancoEstado.
¿Cuál es el monto?
El bono corresponde a $120 mil y se entregará por cada integrante que sea beneficiario o causante.
Es importante considerar que una persona o causante solo dará derecho a un bono y que el pago se efectuará en una sola cuota, de acuerdo a un calendario que definirá el Instituto de Previsión Social.
¿Desde cuándo y dónde se puede consultar?
Actualmente, el IPS está trabajando en la implementación de una plataforma web para que las personas puedan consultar con su RUN si son beneficiarios y cómo se les pagará el bono.
Invitamos a estar atentos a nuestros sitios web www.chileatiende.cl y www.ips.gob.cl y nuestras redes sociales institucionales @ChileAtiende y @IPSChile. A través de esos canales informaremos desde cuándo se puede consultar y en qué sitio web.